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Comenzó a debatirse en la sala de la Cámara de Diputados proyecto de ley que rebaja la jornada laboral semanal a 40 horas

Comenzó a debatirse en la sala de la Cámara de Diputados proyecto de ley que rebaja la jornada laboral semanal a 40 horas

Permitir un aumento de la calidad de vida de la masa de trabajadores del país es uno de los objetivos principales del proyecto que reduce la jornada laboral a 40 horas (vea aquí el texto del proyecto de ley boletín 11179), que comenzó a debatirse en la Sala de la Cámara de Diputados.

La propuesta plantea en concreto dos modificaciones al Código del Trabajo:

1. Elimina la palabra “efectivamente” de la norma que define que se entiende por “jornada de trabajo”. Uno de los objetivos de esta medida es que el tiempo de colación se considere parte integral de esta.

2. Reduce la duración de la jornada ordinaria de trabajo de un máximo de cuarenta y cinco horas semanales a 40. La propuesta no afecta a los trabajadores con contratos especiales.

Asimismo, el texto del informe de la Comisión de Trabajo (Lea aquí texto del informe Comisión de Trabajo), rendido por la diputada Karol Cariola (PC), indica que las modificaciones introducidas por la presente ley entrarán en vigencia al inicio del año calendario inmediatamente siguiente al que se publique en el Diario Oficial y, bajo ninguna circunstancia, podrán representar una disminución de las remuneraciones actuales de las trabajadoras y los trabajadores beneficiados.

En el debate, el oficialismo alertó de las dificultades que puede generar la propuesta, particularmente para las pequeñas y medianas empresas. En este sector también hubo voces para indicar que la iniciativa presenta problemas de constitucionalidad que, de salir del Parlamento, obligará a una revisión del Tribunal Constitucional.

La oposición defendió fuertemente el proyecto, en su forma y fondo, al tiempo que adelantó su posición favorable para su aprobación. Además, hubo discursos que informaron sobre la presentación de indicaciones que obligarán a una segunda revisión ante la Comisión de Trabajo y que tendrían como objetivo promover gradualidad y progresividad en la aplicación de la ley, particularmente para lograr una adecuada adaptabilidad de las pymes.

Efectivamente, la indicación en cuestión reemplaza el actual artículo transitorio estableciendo que las modificaciones introducidas comenzarán a aplicarse a los doce meses de entrada en vigencia de esta ley.

Luego se especifica que, sin perjuicio de lo anterior, las empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no exceden las 75 mil UF, en el último año calendario a la fecha de vigencia de la ley, estarán facultadas para reducir la jornada ordinaria máxima semanal de forma gradual al inicio de los doce meses desde la vigencia de la norma, comenzando en 44 horas semanales y, posteriormente, disminuyendo una hora por año, hasta 40 horas semanales al inicio del quinto año.

Además, determina que la aplicación de esta ley, bajo ninguna circunstancia, podrá representar una disminución de las remuneraciones actuales de las trabajadoras y los trabajadores beneficiados.

Una segunda indicación presentada busca eliminar el primer punto del proyecto despachado por la Comisión de Trabajo es decir, aquella norma que borra la palabra “efectivamente” del texto que explica que se entiende por “jornada de trabajo”.

La propuesta continuará siendo analizada y votada en la sesión ordinaria del día jueves 24 de octubre.

Fuente: Cámara de Diputados.